III
DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Acepta el desistimiento propuesto por parte del abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, inscrito en el Ipsa, bajo el N° 121.624, actuando con el carácter de Defensor Público Tercero en Materia Agraria, representando al ciudadano JULIO CÉSAR ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-13.034.223. SEGUNDO: Se HOMOLOGA de manera inmediata él mismo, extinguiéndose la instancia, de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no se condena en costas. CUARTO: Se da por terminado el presente asunto, se ordena el archivo del mismo. Es todo.
Abg. ILEANA NOHEMI ROJAS ROJAS.
LA JUEZA
ABG. YEL.....