En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana YGINIA DEL CARMEN SÁNCHEZ RAMOS, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.366.844, asistida por el abogado Aníbal Galíndez Yarza, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 148.127, contra la sentencia de fecha 2 de octubre de 2015, dictada por la Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección, en el asunto por Jurisdicción Voluntaria de Titulo de Único y Universales Herederos, Nº UP11-J-2015-001581.
En consecuencia queda confirmado el fallo apelado.
Una vez firme la presente sentencia remítase el expediente al Tribunal de origen.