DECISION
En merito de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por considerar que se dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 301 y siguientes del Código Civil, se designa como NUEVO TUTOR DEFINITIVO de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE actualmente de 5 años, a su prima segunda y madrina ciudadana AMARELIS EGILDA FLORES CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.966.199 y de este domicilio, se mantiene como PROTUTOR al ciudadano LUCIANO AULAR CAMACARO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V.....