Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Primero: Revocar la Colocación en Entidad de Atención dictada en fecha 25 de Marzo de 2013, mediante la cual se responsabilizo a la UINIDAD DE ATENCION MUCHAS MANOS a ejercer la custodia de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Segundo: Acuerda la reinserción de la de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, bajo los cuidados de su padre ciudadano VENANCIO ALFREDO ORTA OCHOA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.602.744, domiciliado en calle principal del sector la libertad, la madrileña, casa detrás de empresas mayca, municipio nirgua, estado Yaracuy para lo cual se ordena oficiar a la UINIDAD DE ATENCION MUCHAS MANOS para que permitan que el ciudadano VENANCIO ALFREDO ORTA OCH.....