Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el el Ciudadano MERVIN GREGORIO ORTEGA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº 17.699.864, debidamente asistido por la abogado Andrelys Álvarez, Defensora Publica Auxiliar Primera con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en su condición de Padre del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 29 de julio de 2009, de diez (10) años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 33.510.119, en virtud que la solic.....