En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR y en consecuencia como CARGA FAMILIAR, del ciudadano GABRIEL JOSÉ GÓMEZ ARÉVALO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 18.757.655, al niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido en fecha 02 de junio 2011.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los dos (02) días del mes de marzo de 2018. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez,
Abg. MEYRA MARLENE MORLES,
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