Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación del acta de Nacimiento DECLARA CON LUGAR, la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido en fecha: 31/10/2006, solicitada por la ciudadana: JULEIBI DISNORA SERRANO JUAREZ, venezolana, mayor de edad, Cédula de identidad Nro. V-16.950.709, asistida por la abogado Yamilet Morgado, defensora pública segunda, adscrito a la defensa publica de este estado, con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, se ordena la corrección de la referida Acta de Nacimiento, expedida por ante la alcaldía del Municipio Independencia, estado Yaracuy, signada con el Nº 5565, de.....