DECISION
En merito de las anteriores consideraciones, este tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, intentada por la ciudadana NANCY COROMOTO ALVAREZ PINEDA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-17.637.142, residenciada en Carabobo, vio cerro azul, calle principal, aroa, municipio Bolívar estado Yaracuy, representante legal del niño, de seis años de edad, asistido por la Abg. ANA GABRIELA FLORES, en su condición de Defensora Publica Auxiliar Tercera de esta Circunscripción Judicial y en virtud de que en la presente causa no se presentaron terceros afectados en la oportunidad señalada en el presente asunto, para alegar sus derechos, en consecuencia, se ordena el cambio de nombre del niño CARLOS .....