a fin de que se les brinde protección, afecto y educación, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 23 de septiembre de 2015, de siete (07) años de edad a la Ciudadana YASMILET MARRUFO GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.077.120, en su condición de madrastra, domiciliada en el Sector Los Chucos, vía Panamericana, Municipio Sucre, estado Yaracuy, quien tendrá la responsabilidad de crianza, así como el deber de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente a la niña IDENTIDAD OMITIDA, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral, hasta tanto se decida la presente causa o se determine otra modalidad de medida protección; en consecuencia, d.....