En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de Autorización de viaje al Exterior, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR AL EXTERIOR, para que los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 25 de mayo de 2007, de doce (12) de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 31.982.651 Nº Pasaporte 153207572, fecha expedición 01/02/2019, fecha vencimiento 31/01/2024; IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 11 de julio de 2005, de catorce (14) de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 31.116.164 Nº Pasaporte 153207909, fecha expedición 01/02/2019, fecha vencimiento 31/01/2024 y IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 11 de julio de 2005, de catorce (14) de edad, titular de la Cedula de .....