Para decidir la presente solicitud el Tribunal lo hace de la siguiente manera:
Como se observa, la legitimidad de las partes está demostrada con la copia certificada del acta de matrimonio de la cual se constata que los Ciudadanos FRANCISCO JOSE SANCHEZ AGUILAR, venezolano, mayores de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.314.597 y ELIMAR JOSEFINA SANCHEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.700.690, son esposos, el solicitante alegó que su vida conyugal fue interrumpida por la decisión de no continuar con la relación de pareja, ya que la falta de afecto e incompatibilidad de caracteres hizo la convivencia imposible, asimismo indicó que procrearon tres (03) hijos de nombres IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad N° 30.151.540, nacida el día 13 de septiembre de 2003, de diecisiete (17) años de edad, IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad N° 32.129.977, nacido el día 26 de diciembre de 2006, de catorce (14) años .....