PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, resuelve: declara CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano RAIMOND TORREALBA, titular de la cedula de identidad N° 17.157.042, residenciado en la carrera 7, esquina calle 12, Sector 4, esquina Sabana de Parra, estado Yaracuy, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). En tal virtud, reconózcase a partir de éste mismo momento la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), como CARGA FAMILIAR del ciudadano RAIMOND TORREALBA, titular de la cedula de identidad N° 17.157.042, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, quedando en consecuencia, plenamente leg.....