En consecuencia, la ciudadana ISVELIA BEATRIZ RODRIGUEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.019.186, ejercerá de manera unilateral la patria potestad de su hija, la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 22 de enero de 2014, de diez (10) años de edad, sin que se entienda que el padre, Ciudadano ANGEL RAFAEL MONTILLA LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.275.461, este renunciando a la institución familiar, pudiendo la madre realizar normal y expeditamente cualquier trámite, documentación antes instituciones públicas o privadas dentro del país y/o en el exterior o actuaciones en la vida cotidiana de su hija que precise realizar a su favor; sin que se entienda vulneración de garantías constitucionales y legales del interés superior de la niña de autos, garantizando de esta forma de manera efectiva y eficaz su interés superior.
Expídanse dos (02) juegos de copias certificadas de la sentencia y entréguense a la p.....