En mérito de lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la presente solicitud de Cambio de Residencia, en tal sentido acuerda: PRIMERO: OTORGAR AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE RESIDENCIA, para que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 22 de enero de 2009, de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 33.301.997, Pasaporte Venezolano Nº 175786976, fecha de emisión 07/02/2023, fecha de vencimiento 06/02/2028, Visa Americana Nº 20153146130002, fecha de emisión 12/11/2015, fecha de vencimiento 09/11/2025, fije su residencia en la dirección 226 The Falls Pkwy Duluth Zip Code 30096, GEORGIA- ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA junto a su padre, ciudadano ISMAEL ANTONIO JIMENEZ SANABRIA, ve.....