En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos ROBERIK ENRIQUE ALVARADO ROJAS Y BETXIMA MUÑOZ ALVAREZ, ambos venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.993.391 y V-20.541.261 respectivamente, asistidos por el abogado NELSON ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 250.897, contraído el día treinta (30) de diciembre del año 2014, contrajeron matrimonio civil, por ante Registro Civil de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, de conformidad con el Articuló 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia Nº 693 de fecha 02/06/2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Ju.....