En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, declara: CON LUGAR la presente demanda de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, presentada por la ciudadana YESSICA MAIVE FERNANDEZ VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.813.930, domiciliada en la calle principal 1ro de Mayo, casa s/n, San Pablo, Municipio Autónomo Arístides Bastidas del estado Yaracuy, en representación de su hijo "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", debidamente representado por la Defensora Pública Primera abg. Yasnela Martínez, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO SIRA VALERA.....