En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del adolescente de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR TEMPORAL, presentada por la Abogada WENDY NATHALY MIRO MIERES, Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana ZAIMA MARGARITA BARICO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.368.833, domiciliada en la urbanización El Centro, calle 10, avenida 10, casa Nº 10, Yumare, municipio Manuel Monge, estado Yaracuy, en beneficio del adolescente "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", y.....