En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la presente demanda de obligación de manutención presentada por la ciudadana SORELYS JOSEFINA ALVAREZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.650.594, domiciliada en Obonte calle, 01, Brisas de Taracea, 2, Municipio La Trinidad de este estado Yaracuy contra el ciudadano SANTIAGO RAFAEL URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 7.558556, quien puede ser localizado en la Zona Industrial calle Principal, Centro de acopio Mercal, Independencia estado Yaracuy, en beneficio de su hija la IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPPNA, fundamentado en los artículos 367 y 369 de la Ley Orgánica para la.....