Con mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de Protección del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de OBLIGACION de MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana YELAINES DEL CARMEN ALEJOS ESCALONA, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad No. 13.314.054 demandó la fijación de la obligación de manutención al ciudadano RICHARD ARMANDO VELASQUEZ PEROZA, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad No. 10.862.552, en beneficio de sus hijos los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 16, 13 y 12 años de edad respectivamente y los dos primeros titulares de las cédulas de identidad No. 20.177.870 y 24.798.916, representados por la.....