En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR TEMPORAL, presentada por la Abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de los ciudadanos MARIA EUGENIA MENDOZA ARENA Y ABRAHAM JOSE GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.862.763 y 19.423.719 respectivamente, domiciliados en la calle principal La Luz, callejón El Samán, casa s/n, municipio Bolívar, estado Yaracuy, en beneficio del niño "Identidad omitida de conformidad c.....