En el presente caso, no quedó demostrada la causal de abandono invocada, por lo que la presente demanda debe ser declarada sin lugar y así se decide.
Por las razones antes expuestas, con base a los méritos anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano ABEL GUSTAVO MENDOZA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.465.800, venezolano y domiciliado en la Urb. Prados del Norte, Av. Principal, Nro 71, Independencia, estado Yaracuy, asistido por la abogada GLORIA EVELINA GIMENEZ GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO Nro. 119.215 contra la ciudadana XIOMARA MERCEDES CORTEZ AZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.507.274 y domiciliada en la Av. 12, entre Av. Car.....