declara CON LUGAR la presente demanda por IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, presentada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO LEDEZMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.800.533, debidamente asistido por el Abogado OMAR ELBANO REVEROL RIVAS, en su carácter de Defensor Público Cuarto adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy, y con competencia en Materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente; en contra de la ciudadana RITA YARIMAR GONZÁLEZ ARTEAGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.211.932; en consecuencia, de conformidad con el Artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los Artículos 8, 10, 16, 18, 25, 26, 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y los Artículos 221, 230, 233, 238 y 507 del Código Civil; se suprime la Filiación Paterna actual con respecto al ciudadano FRANCISCO ANTONIO LEDEZMA. Asimismo conforme con al Artículo 21 Cons.....