En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la ciudadana SUSANA DE LAS MERCEDES PARRAGA DE ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.587.075, en contra de los ciudadanos ANGEL JOSÉ MUJICA ALVAREZ y CECILIA DEL CARMEN ALVAREZ ARRIECHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 14.997.631 y 15.964.840, respectivamente; en beneficio del adolescente "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA", nacido el 09 de enero de 1.998, de trece (13) años de edad, por lo que se le otorga la Responsabilidad de Crianza del adolescente "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA", a la ciudadana SUSANA DE .....