Se fija como OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que la ciudadana VANESA AMANDA PIÑA debe suministrarle a su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales que deberán ser descontados por nómina por adelantado, en la primera quincena de cada mes. Asimismo para útiles escolares y uniformes la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) que deberán ser descontados por nómina en la primera quincena del mes de agosto de cada año, y para aguinaldos la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), que deberán ser descontados por nómina en la primera quincena del mes de diciembre de cada año. Se ordena el incremento automático la obligación de manutención que incluye las mensualidades y de las cuotas extras fijadas, en el mismo porcentaje que le sea incrementado el salario a la demandada. Por lo que el Ministerio del Poder Popular para la Educación, quien como agente de retención queda autorizado y deberá hacer l.....