En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 76 Constitucional en concordancia con lo contenido en los artículos 8, 30, 365, 369 de la LOPNNA declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la abogada MARIA JOSE PEREZ GONZALEZ, Fiscal Auxiliar Encargada de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana LEXIS WILMARY GUTIERREZ OJEDA, antes identificada, en su carácter de madre y representante legal de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra del ciudadano GUSTAVO ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ, igualmente identific.....