Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en la presente demanda de divorcio, seguida por la ciudadana LESVIMAR VALENTINA PARRA GONZALEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.964.111, domiciliada en la Urb. La Pradera, vereda "J", casa Nro 240, Municipio Cocorote, estado Yaracuy demandó el divorcio al ciudadano YORBIS RAFAEL MONTILLA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.696.245 y domiciliado en la calle Ruiz Pineda, entre avenida Cedeño y Piedra Grande, Casa S/N, Municipio Independencia, estado Yaracuy, conforme a las causales contenidas en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil. Quedan extinguidas las medidas p.....