En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 76 Constitucional en concordancia con lo contenido en los artículos 8, 30, 365, 369 de la LOPNNA declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el abogado FRANCISCO JAVIER PEREZ GONZALEZ, Fiscal Auxiliar Séptimo Encargado de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana YULEIDA MERCEDES EULACIO FUENTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.077.751, domiciliada en la urbanización Nuevo Boraure, calle 14, sector 2, casa N° 8, Boraure, I, municipio La Trinidad, estado Yaracuy, en be.....