En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el artículo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana MONICA LINARES DE MADRAZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.697.856, domiciliada en la urbanización Bella Vista, avenida Las América, Edificio Gabriela, Pent-House, municipio San Felipe, estado Yaracuy, representada judicialmente por su apoderado judicial abogado SIMON JOSE MELENDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 67.213, en contra del ciudadano JAIME JAMES MADRAZO MC LENDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.047.374, de domicilio desconocido, representado por su Defensor Ad-Litem, .....