En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la presente demanda por IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, presentada por la ciudadana YAIBA JOSEFINA ALEJO PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.281.779, domiciliada en el Barrio 24 de Junio, calle principal, casa Nº 4, frente a la Urbanización el Silencio, Sabana de Parra Municipio José Antonio Páez estado Yaracuy, en su carácter de madre como representante legal del niño "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA", nacido el 25 de agosto de 2.005, de esa misma residencia, representado por la Abg. Yasnela Martínez, Defensora Pública Primera adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de este estado Yaracuy con competencia Espec.....