Por todas las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para seguir conociendo de las presentes actuaciones iniciadas por la Defensa Pública de este estado con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a solicitud del ciudadano EDWIN JOSE ORTIZ GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.265.631, domiciliado en Guararute, calle el Charo, casa Nº 17005, Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy, al CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO- VALENCIA, de conformidad con el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Visto que por declaración del.....