Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de JUSTIFICACTIVO DE CARGA FAMILIAR, interpuesta por la ciudadana ANA MARIA COLINA ORELLANES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.664.100; se ordena el archivo del expediente y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, al primer (1) días del mes de octubre del año 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.