Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no vulnera los derechos de la niña de autos, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR Y PARA CAMBIAR DE DOMICILIO INTERNACIONAL, para que la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , nacida en fecha 17 de marzo de 2021, pasaporte Venezolano Nº 177289277, pueda viajar y residenciarse junto a su progenitora, en la siguiente dirección: 1218, Foothills Parkway 30501, Gainesville, Georgia, saliendo vía aérea en fecha 20 de enero de 2024 desde el Aeropuerto Internacional General de División Jacinto Lara, en Barquisimeto (BRM), en el vuelo Nº 5R1500, de la Aerolínea Rutaca Airlines, hasta el Aeropuerto Internacional Las Américas, en Santo Domingo (SDQ) y desde allí, hacen conexión en el vuelo Nº 1F308, de la Aerolínea Rutaca Airlines, hasta.....