En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy de conformidad con los artículos 126 literal "i", 128, 358 y 396 en concordancia con el artículo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), , de 1 año de edad, nacida el día 28/02/2017, bajo la responsabilidad de crianza de sus abuelos maternos los ciudadanos RENE SEGUNDO ARIAS RIOS y ESTHER NATIVIDAD PARRA TOVAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros 10.367.376 Y 11.278.599 domiciliados en el sector el Cerrito, calle principal, vía el Hospital Placido Rivero, casa Nº 47 del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, quienes tiene el deber de amar, c.....