administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JESUS ALBERTO MEJIAS MORALES contra la ciudadana OMARY YESENIA TORRES LADINO, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 15.929.478 y 11.881.186 respectivamente, mediante la cual manifestaron al Tribunal que el día 10 de febrero DE 2010, contrajeron matrimonio civil, por ante la Registro Civil del Municipio Bolívar, según se evidencia de la copia certificada del No. Bolívar No. 10 del año 2010. En consecuencia, con respecto a la hija (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de fecha de nacimiento 04 de marzo de 2010, en su interés superior y conforme alas facultades que le establece el 351 de la Ley Orgánica para la Protección del .....