En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE AUTORIZACION JUDICIAL DE COBRO DE BENEFICIOS. Se autoriza a la ciudadana GIUSEPPINA AGOSTINELLI FANTETTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 10.373.410, actuando en su carácter de madre (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 06 de marzo de 2007 y titular de la cédula de identidad No. 32.009.196, para que pueda proceda a realizar los trámites correspondiente por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, cuentas bancarias, seguros de vida, seguro social, ahorro habitacional, pólizas de seguro, así como cualquier otro ben.....