Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no vulnera derecho ni norma procesal alguna, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, para que el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , nacido en fecha 3 de julio de 2023, Pasaporte Venezolano N° 184634385, pueda viajar en compañía de su progenitora, específicamente a la siguiente dirección: Calle 50 #45-11, Edificio Coral, Apartamento 902, Barrio La Candelaria, Medellín, Colombia, saliendo el día 28 de febrero de 2024, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Maiquetía, ubicado en La Guaira-Venezuela, en la Línea Aérea Wingo, con destino al Aeropuerto Internacional José María Córdova, Medellín-Colombia. La fecha de retorno del niño a la República Bolivariana de Venezuela, será el día 9 de marzo de 2024, saliendo desde .....