Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Designar CURADOR AD-HOC de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, a la ciudadana VANESSA CECILIA SEQUERA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 31.099.189, de conformidad con el artículo 110 del Código Civil Venezolano, en virtud que la ciudadana ELEANIS ANDREA AGUILAR REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.703.558, contraerá nupcias próximamente.