la presente solicitud de Adopción y en consecuencia se DECRETA LA ADOPCIÓN NACIONAL, INDIVIDUAL Y PLENA del niño
(Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , nacido el 22 de mayo de 2019, de 3 años de edad, hijo biológico de la ciudadana YAYRIMAR DEL CARMEN OROPEZA ROJAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-26.116.477, domiciliada en la urbanización La Ascensión, vereda 40, casa Nro. 10, diagonal al CDI, Municipio San Felipe, estado Yaracuy. Queda extinguido el parentesco entre el niño adoptado, su progenitora y su familia de origen materna, salvo para impedimento matrimonial previsto en el Artículo 428 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se constituye el parentesco con la solicitante y sus familiares.