administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos ALIBETH KAROLINA YARZA CASTELLANO ANDRIS ALEXANDER ALVAREZ CASTILLO, mayores de edad venezolanos, de este domicilio y respectivamente titulares de las cédulas de identidad números 13.313.328 y 14.607.141, asistidos de la abogada YENNIFER KARINA FUENTES BRICEÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 268.057, por el matrimonio Civil contraído el día 15 de enero 2010, por ante la Registro Civil del Municipio Bolívar, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 01 del año 2010. En consecuencia, con respecto a la hija (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, se establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos .....