administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos MIDILCEN AVELLANEDA DE VEGA y FRANCISCO JAVIER VEGA NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y respectivamente titulares de las cédulas de identidad números 12.172.800 y 24.771.194, por el matrimonio Civil contraído el día 22 de marzo de 2002, contrajeron matrimonio civil, por ante la Registro Civil del Municipio San Felipe, según se evidencia de la copia certificada del No. 32 del año 2002. En consecuencia, con respecto a los hijos adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), nacida el 27 de agosto de 2001 y el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), nacido el 17 de juni.....