en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de RETENCIÒN INDEBIDA, intentada por la Fiscalia Séptima del Ministerio Público, a petición de la ciudadana YENIREE MARIANA VARGAS VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.300.485, en contra del ciudadano OSWALDO ADRIAN RIVERO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.300.485; se ordena el archivo del expediente y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año 2013.....