este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ROSALINDA PADILLA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-8.512.759, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicada en la calle 7 del sector 01 casa sin número de la Urbanización José Gregorio Hernández, Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy