este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana BERTA YORNELI AZUAJE PORRAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-18.302.856, sobre un terreno Municipal, ubicado en la Calle 03 Esquina Avenida 01, Sector Antonio José de Sucre, Comunidad La Cuchilla, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy , con una superficie aproximadamente de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (241,00 m2); con un área de construcción de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTÍMETROS (89,31m2); comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno que es o fue de Alberto Molina con 20,00 metros; SUR: Avenida 01 con 20,00 Metros; ESTE: calle 03 que es su frente con 12,50 metros(tal como se evidencia en el informe t.....