-III-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO incoado por la ciudadana NELMARY YOSELYN VILLALBA HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.455.423, de este domicilio, asistida de la Abogada ISBELIA FUENTES, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.953.702, inscrita en el Inpreabogado bajo .....