este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MIRIAM BEATRIZ OSORIO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-7.913.743, sobre un área de terreno Municipal, ubicado en la Calle 2 casa S/N Santa Lucia, Municipio Independencia del Estado Yaracuy , que mide aproximadamente TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS (355,93 m2); y tiene un área de construcción tipo casa de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS CENTÍMETROS (48,62 m2); unas bienhechurías consistente en: Dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) comedor, un (01) recibo, techo de acerolit y piso de cemento, instalaciones de aguas blancas y aguas negras, instalaciones de luz eléctricas, con par.....