DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana VARGAS CARMEN CELESTINA, quién era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, residía en la avenida 3 entre avenidas 8 y 9, casa Nº 20, sector Los Bomberos, municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-3.705.392; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos VARGAS NORYS YDALMIS, VARGAS CARMEN YADIRA, VARGAS OSCAR RAMÓN, VARGAS EUDEN GILBERTO, CAMACARO VARGAS NAYL SULAY y CAMACARO VARGAS ARNALDO JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.576.852, V-7.907.257, V-7.918.821, V-10.369.051, V-11.275.881 y V-12.282.427 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.450-18 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.