DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de los ciudadanos VARGAS HIRIAN MERCEDES y GUTIÉRREZ ARIAS CIRILO, venezolanos, mayores de edad, casados, domiciliados en calle N° 11 o Democracia, entre las avenidas N° 7 o Sucre y N° 8 o Urdaneta, casa N° 79-59, sector El Manguito, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y titulares de la cédula de identidad N° 7.502.884 y 3.458.011, asistidos los solicitantes, antes mencionados e identificados, del abogado TORREALBA R. FRANCISCO J., Inpreabogado N° 67.806; sobre las mejoras y ampliaciones construidas sobre bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno municipal, que mide doscientos treinta y cinco metros cuadrados con setenta y nueve centímetros cuadrados (235,79 m2); con un área de construcción que mide cien metros cuadrados con cero seis centímetros cuadrados (100,06 m2), ubicado en la Calle N° 11 o Democracia, entre avenida N° 7 o Sucre y a.....