Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos DORTA PARRA CRISTIAN JOSE y SEQUERA MENDOZA CATHERINE JOHELIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-18.301.245 y V-17.444.556 respectivamente, domiciliados en la avenida José Joaquín Veroes, entre calle 14 y 15, casa Nª 14-17, municipio San Felipe, estado Yaracuy, el primero y la segunda en el sector Las Piedras calle Acosta Falcón detrás de la Fundación del Niño, municipio Independencia, estado Yaracuy, asistidos de la abogada ROJAS HENRIQUEZ CARMEN PASTORA, Inpreabogado Nº 224.934; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que.....