La autocomposición o resolución convencional de la controversia antes que un modo anormal de terminación del proceso, sustituye las sentencias de gran valor en los procesos de tipo dispositivo, por lo que contribuyen a la economía y celeridad que introducen, en la solución de las controversias. Ahora bien, a los fines de dar por terminado el presente proceso y en virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN Y HOMOLOGA TRANSACCIÓN suscrita por las partes, ciudadano HUMBERTO ENRIQUE ALEJOS VERASTEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.479.437 y la ciudadana MERCEDES GIOVANIA PUERTAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.456.290, domiciliados en la urba.....