Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano CHRYSTHIAM RAGDER MARCHAN GRIMAN, ya identificado, debidamente asistido de abogado, contra su cónyuge, la ciudadana NIEVES YERIVET OLLARVES DE MARCHAN, anteriormente identificada, y DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOSpor ante la Oficina de Registro Civil del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 121 de fecha 27 de Mayo de 2013.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE incluso en la página web YARACUY.SCC.ORG.VE y WWW.TSJ.GOB.VE en concordancia con .....